DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada RAYZA V. TORRES DURÁN, defensora del ciudadano Sargento Segundo (EJ) JULIO CÉSAR GARCÍA ROMERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.528.235, en contra del auto dictado por el Tribunal Militar Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas, Distrito Capital, de fecha dos de marzo de dos mil cinco y SEGUNDO: ADMISIBLE la contestación del recurso efectuado por el ciudadano Teniente (EJ) JAVIER SAÚL GÓMEZ MORENO, Fiscal Militar de Caracas