Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Quinto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: DECLARA SIN LUGAR la Solicitud de Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, interpuesta por la ciudadana Abogada JENNY COROMOTO AGUIAR CHIRINOS, titular de la cédula de identidad No. V-12.571.507, INPRE: 78.626, en su carácter de Defensora Privada de los ciudadanos ORLANDO ALBERTO SILVA AGUAIR, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.893.336 y LUIS SEGUNDO BARRANCA PALAENCIA, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.448.767, titular de la cédula de identidad No. V-25.507.916, ASÍ SE DECIDE. Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones a la Fiscalía militar Décima Segunda. Cúmplase.