Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero, en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano; JESUS ROSELIANO HERNANDEZ MELO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 7.330223, por los delitos de ROBO AGRAVADO Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los Artículos 458 Y 286 del Código Penal, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION; SEGUNDO: CONDENA al ciudadano ROBERTH BERNARDO DIAZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº C.I Nº 18.485.022, por los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO Y DETENTACION DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en los Artículos 458, 286 y 277 del Código Penal, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISION; Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente; TERCERO: Se exonera a la parte.....