conforme la facultad conferida en el ordinal 2º del artículo 118 del Código Orgánico de Justicia Militar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el carácter de Presidente del Consejo de Guerra de Maturín, se declara con lugar la Inhibición presentada por el Ciudadano MAYOR BISMARK CASTAÑEDA RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.514.154, Juez de Juicio de éste Consejo de Guerra de Maturín, conforme la causal contenida en el numeral 5º del artículo 112 del Código Orgánico de Justicia Militar.