Este Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda computar el lapso de cumplimiento del beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO en la causa seguida a la ciudadana EDILIA DEL SOCORRO SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.308.857, desde el día 01-12-04 finalizando el mismo el día 01-12-06, en los mismos términos y condiciones establecidos en la Audiencia Oral celebrada en fecha 22/05/03 en la cual se concedió el citado beneficio y que por causas ajenas a la voluntad de la probacionaria no ha podido iniciarse.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.