Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Raquel Vivas de Pérez, en su condición de Defensora del ciudadano Lenin Pastor Vásquez Mendoza, contra la decisión del Tribunal Séptimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-P-2010-008806, mediante el cual declaró improcedente la nulidad planteada por la Defensa.
SEGUNDO: Queda confirmada la decisión del Tribunal a quo.
TERCERO: La presente decisión se dicta dentro del lapso legal. Remítase el presente asunto al Tribunal Séptimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en su debida oportunidad.