Este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano DEIBIS ALEJANDRO AZUAJE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.853.637, nacido el 29/08/78 en la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio buhonero, hijo de Luis Arrollavez y Pastora Carrasco, residenciado en la carrera 13 entre calle 13 y 14 de barrio Nuevo, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadano ANTONIO RAFAEL FERNANDEZ ROJAS, a cumplir la pena de ONCE (10) AÑOS DE PRESIDIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ABSUELVE al ciudadano DEIBIS ALEJANDRO AZUAJE, de nacio.....