Se dictó sentencia definitiva mediante la cual se dedclaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 9 de junio del 2017, por el ciudadano Humberto Luis Rivero Rojas, debidamente asistido por abogado, contra la sentencia definitiva de fecha 2 de mayo del 2017, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. INADMISIBLE la demanda por desalojo de inmueble constituido de local comercial, intentado por el ciudadano Humberto Luis Rivero Rojas, debidamente asistido por el abogado Edgar Becerra Rodríguez, contra el ciudadano Eustacio Coromoto Terán. Queda así MODIFICADA la sentencia definitiva de fecha 2 de mayo del 2017, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en los artículos 281 del Código de Procedimiento Civil.