Dispositiva
Por las razones de hechos y de Derecho precedentemente expuesta y a tenor de lo establecido en los artículos 26, 253 Y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 10, 12, 899, 901 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.133 deL Código Civil este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SOBRESEE, la ACCION DE CONSIGNACION ARRENDATICIA DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por el ciudadano JORGE HUMBERTO ECHAVARRIAN CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-22.902.934, a favor del ciudadano ROGER R ZAMORA C, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-11.128.663, de profesión abogado inscrito en el I.P.S.A Nº 124.894.
En consecuencia: Se acuerda la devolución de las cantidades.....