Este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda interpuesta por motivo de ACCION MERO DECLARATIVA DE CERTEZA DE PROPIEDAD incoada por la ciudadana ISAURA CAROLINA BUYÓN RUIZ. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal, a los dieciséis días del mes de Octubre del año dos mil doce. Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.