DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión intentada por la ciudadana: MARIA CATENA RIZZO, titular de la Cédula de Identidad No. 5.349.957, a través de su apoderado judicial Abg. ALEJANDRA RODRIGUEZ ALVAREZ, contra el ciudadano GABRIEL DAVID DA SILVA VALE, todos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia, se condena al demandado a desocupar el inmueble ubicado en la carrera 24, cruce con calle 30, esquina sur-este de esta ciudad de Barquisimeto y en consecuencia a entregarlo al demandante libre de personas y bienes, así como se condena al demandado a pagar la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 640.000,00) mensuales exactos lo que hace una totalidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (1.280.000,00) por concepto de indemniza.....