DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE  CON LUGAR   la pretensión  intentada por  la ciudadana: MARIA  CATENA  RIZZO,  titular de la Cédula de Identidad No. 5.349.957, a través  de  su apoderado  judicial  Abg. ALEJANDRA RODRIGUEZ   ALVAREZ,  contra el  ciudadano  GABRIEL  DAVID DA SILVA  VALE, todos  identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia,  se condena al demandado a desocupar el inmueble ubicado en la  carrera 24, cruce con calle 30, esquina sur-este  de esta ciudad  de  Barquisimeto y en consecuencia a entregarlo  al demandante  libre de personas y bienes, así como se condena al demandado a pagar  la cantidad  de  SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 640.000,00) mensuales  exactos lo que hace una totalidad de  UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (1.280.000,00) por concepto de indemniza.....