En tal sentido, quien suscribe, tomando en cuenta que la peticionante de la medida en referencia quien solicita su revocatoria, es por lo que, considera procedente lo solicitado la revocatoria de la medida, en consecuencia, se REVOCA la medida preventiva innominada decretada por este tribunal en fecha 14/08/2018 y participada mediante oficio Nº 18-217 de fecha 14/08/2018, razón por la que, se acuerda librar oficio a la Oficina Del Registro Público Inmobiliario Del Municipio Caroní Del Estado Bolívar, a los fines de participarle de la referida revocatoria.