PRIMERO: se declara como acto formal de imputación del CAPITÁN, JEAN CARLOS CAMACARO YUSTI, PRIMER TENIENTE DUM RODRÍGUEZ ANDERSON JOSE, PRIMER TENIENTE ALVARADO PÉREZ MIGUEL ALEXANDER, SARGENTO PRIMERO CISNERO VEGAS ELEAZAR, SARGENTO PRIMERO JUNIOR EDUARDO BELANDRIA ALBORNOZ y SARGENTO SEGUNDO PUMAR OSORIO CRISTOBAL. SEGUNDO: CON LUGAR la legalidad de la detención en flagrancia de los ciudadanos ANTES IDENTIFICADOS, por encontrarse dentro de los extremos legales del artículo 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal y SE ORDENA la aplicación del procedimiento ordinario. TERCERO: SIN LUGAR, la solicitud de la Defensa Privada, en cuanto a que se desestime la detención en flagrancia de los ciudadanos por considerar quien aquí decide que se encuentran llenos los extremos legales del artículo 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal CUARTO: SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar, en cuanto a que se ratifique las medidas privativas de libertad y en consecuencia se decr.....