Este Tribunal Militar Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Pública Militar, decreta: PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el Ministerio Público Militar con Competencia Nacional referente a la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en perjuicio del ciudadano: PTTE. JOSE RAFAEL PECHE, titular de la cédula de identidad Nº. V-19.316.324, por estar este ciudadano presuntamente incurso en la comisión de PTTE. JOSE RAFAEL PECHE, titular de la cédula de identidad Nº. V-19.316.324, por considerarlo incurso de los delitos militares de por la presunta comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA previsto y sancionado en el artículo 519 y 520 primer aparte, DE LA REBELION previsto y sancionado en el artículo 476 numeral 1; DE LA INSTIGACION A LA REBELION, previsto y sancionado en el artículo 481, DE LA TRAICION A LA P.....