Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: CON LUGAR el Recurso de Apelación de auto, interpuesto por la ABG. MARISOL CARVAJAL, en condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Publico, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia En Funciones De Control del Circuito Penal Del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en fecha 26-05-2010, mediante la cual acordó Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, en contra del ciudadano imputado CARRERA ESTIVEN FRANCO RAFAEL, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS. Como consecuencia ANULA el fallo proferido en fecha 26 de Mayo 2010, por el Tribunal Cuarto en funciones de control, del Circuito Judicial Penal de.....