PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogado MINNORI MARTINEZ DE AMORIN alegando ser apoderada judicial de la ciudadana PALMIRA DO MONTE DA SILVA de TEXEIRA contra el auto de fecha 13 de Julio de 2006 por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por la accionante contra INMOBILIARIA MORFAY, C. A. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.