Se dictó setencia interlocutoria mediante la cual se declaró SIN LUGAR LA RECUSACION formulada por el abogado José Luis Villegas Labrador, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA EUCARIS MARTINEZ, contra la abogada JOHANNA DAYANARA MENDOZA TORRES en su condición de JUEZ PROVISORIO del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con fundamento a lo establecido en el numeral 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el asunto signado con la nomenclatura interna KH02-X-2016-000009, relativo a la incidencia de tacha en el juicio por cumplimiento de contrato, seguido por Inversiones 747 C.A, contra la ciudadana María Eucaris Martínez. Se impone una multa de dos bolívares (Bs. 2,00), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, por no ser criminosa la recusación. La presente decisión fue dictada y publicada dentro del lapso corresp.....