este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la pretensión por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), presentada por el ciudadano JOSÉ VICENTE MEDINA TORREALBA, debidamente asistido por la Abogada OSIRIS BENÍTEZ MARÍN, contra las Sociedades Mercantiles FRIGORIFICO LA NUEVA MANSIÓN C.A., y FRIGORIFICO LA NUEVA MANSIÓN II C.A., ambas representadas por su Presidente ciudadano LIBERIO RAFAEL BRITO, todos identificados en el encabezado de la presente decisión.