DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: REVOCA el auto de fecha 06-03-2017, mediante el cual el a quo oyó en ambos efectos la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Se INADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado Leonardo Negrette Soto, inscrito en el IPSA bajo el Nº 31.198, en su condición de apoderado judicial del accionado Carlos Humberto Ríos López, titular de la cédula de identidad Nº 24.156.424 contra la decisión de fecha 23 de Octubre del 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tom.....