Es por ello que este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por Concluido el Proceso y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que la ciudadana Jueza presenció la entrega del instrumento Bancario identificado con el Nº 98003521 del BANCO BOD, en Cheque girado contra la cuenta corriente N° 0116-0503-64-0010855939, por la cantidad de UN MILLÓN DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 1.000.000,00) a nombre del ISMAEL MACUARISMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.693.659, el cual es recibido en este acto a su entera y cabal satisfacción.