D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, decide: DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la detención en flagrancia de los ciudadanos TENIENTE ADRIAN MARCHAN NORIEGA, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.022.543, SARGENTO PRIMERO. LUIS ENRIQUE ECHEVERRIA ACOSTA, titular de la cedula de identidad NºV-20.352.899 y el SARGENTO PRIMERO. YSNALDY YSAAC CAMPEROS VELAZCO, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.724.428, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del código orgánico procesal penal, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de ESPIONAJE previsto en el artículo 471 numeral 5. Y sancionado en el artículo 472, CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FUERZAS ARMADAS previsto y sancionado en el artículo 550, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CON LUGAR la solici.....