Por los hecho y los argumentos de derecho antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA De Oficio La Incompetencia del Tribunal por razón de la Materia para conocer los hechos donde perdieran la vida los ciudadanos SOLDADO (ENB) JESÚS MARIA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº. V-20.719.741 y el Alistado (ENB) JOSÉ LUÍS ARTEAGA PALACIOS, titular de la cédula de identidad Nº. V-17.451.284, a consecuencia de heridas causada por arma de fuego, presuntamente ocasionada por el ciudadano SOLDADO (ENB) WUILLIAN JOSÉ REA, titular de la cédula de identidad No. 25.927.553, plaza del 132 Batallón de Infantería G/J "José Antonio Páez", hecho que investiga el Ministerio Público Militar Circunscripción Judicial. En consecuencia: 1º) SE DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en la Jurisdicción Penal Ordinaria del Estado Yaracuy, todo.....