este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento efectuada entre las partes, en los términos expuestos en la solicitud suscrita por ellos, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a los artículos 148 al 150 ambos inclusive del Código Civil y el artículo 263 y 788 del Código Procedimiento Civil. Así se decide