Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos51 y 50 dela Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud del abogadoTeniente ANDRES JOSE ROMERO ZARRAGA, en su condición de Defensor Público Militar delciudadano Ex S/2do. PEÑA ARELLANO ORANGEL RAMON, titular de la cedula de identidad N° V- 15.835.239; en consecuencia, se AUTORIZA PARA VIAJARal mencionado ciudadano a la ciudad de Cancún, el día veinticuatro (24) de mayo del dos mil dieciséis, pudiendo hacer escala en la ciudad de Bogotá, Colombia, en la fecha de su salida, hasta llegar a su destino que es la ciudad de Cancún, México; y escala en su retorno el día cinco (05) de julio del dos mil dieciséis, a la ciudad de Panamá para su desembarque en la ciudad de Caracas, Vene.....