DECLARÓ: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos EDWIN JAVIER RODRIGUEZ OVALLES y MANUEL ANTONIO ROSSI GARCÍA, en su carácter de defensores privados del ciudadano Alférez de Navío VICTOR MANUEL POLO MENDEZ, contra la sentencia dictada, en fecha 12 de enero de 2012, por el Consejo de Guerra de Maracay, con sede en Maracay, estado Aragua, mediante la cual lo condenó a cumplir la pena de cuatro (4) años de prisión, por la comisión de los delitos militares de ABANDONO DE FUNCIONES Y DESOBEDIENCIA, previstos y sancionados en los artículos 534 y 520, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar. Por consiguiente, queda confirmada la sentencia recurrida.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley, líbrense boletas de notificación a las partes y remítanse al Consejo de Guerra de Maracay, asimismo particípese al Ministro del Poder Popular para la Defensa.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias de esta Corte Marcial, en Caracas, a los die.....