Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar de dejar sin efecto alguno la orden de aprehensión de fecha quince (15) de abril de dos mil catorce (2014) emanada de este órgano Jurisdiccional y en consecuencia se ordena a la Secretaría Judicial remitir al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con sede en el estado Mérida, comunicación ordenando la exclusión del precitado imputado del Sistema de Información Integrado Policial (S.I.I.POL.). SEGUNDO CON LUGAR la solicitud efectuada por el Ministerio Público Militar en relación a la imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a favor del ciudadano POLICÍA MILITAR DANIS ALBERTO BASTIDAS FERNÁNDEZ, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos de l.....