DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda DECLARAR SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 11 de marzo de 2013, por el profesional del derecho LUIS GARBÁN ZURITA, en su carácter de Defensor de las ciudadanas SILVIA CECILIA DIAZ ALVARADO y SYLVIE SUZZARINI DIAZ, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de Febrero de 2013, en la Audiencia Preliminar, mediante la cual declaró "...Parcialmente Con Lugar las excepciones opuestas por la defensa por cuanto el delito por el que serán juzgado (sic) es POR EL DELITO DE LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en cuanto a la solicitud de sobreseimiento si bien es cierto que hay jurisprudencia con carácter vinculante de lo que usted acaba de señalar, es bien cier.....