........este Tribunal se declara incompetente para conocer de la presente causa, en razón de la cuantía. En consecuencia, se declina la competencia a un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y al efecto se acuerda remitir el presente expediente a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos Civiles del Estado Lara, a los fines de su remisión al mencionado juzgado........