DECLARA CULPABLE y en consecuencia CONDENA al ciudadano GILBERTO JOSE SEGOVIA OLIVO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- (...), a cumplir la pena de UN AÑO (01) Y DIEZ MESES DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 41 primer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de las ciudadanas MARIA CAROLINA BARRETO SANCHEZ titular de la cédula de identidad número (...) y YOSELYN OROPEZA BARRETO, titular de la cédula de identidad número (...); sin perjuicio al computo final que realice Tribunal de Ejecución en su oportunidad. SEGUNDO: Se ratifican la medidas de seguridad y protección previstas en el articulo 90 numeral 6 de la ley, impuestas a favor de la víctima, referidas a: Prohibición de realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida. TERCERO: Se ORDENA al ciudadano GILBERTO JOSE SEGOVIA OLIVO la .....