Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: UNICO: De conformidad con lo previsto en los artículos 46, 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO por cumplimiento del Régimen de Prueba en favor del ciudadano Omar Moisés Roque Alvarado, cédula de identidad No 24.243.384, a quien se le seguía causa penal militar por la comisión del delito militar de por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1 y 528, del Código Orgánico de Justicia Militar, en razón de haber verificado el total y cabal cumplimiento de las obligaciones impuestas con ocasión del otorgamiento del beneficio de Suspensión Condicional del Proceso.