Por todos los razonamientos expuestos, éste Tribunal Militar Decimo Sexto de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 numeral 4º y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, expedir ORDEN DE APREHENSION, a los fines de la ubicación del ciudadano Sargento Segundo PEDRO LUIS FARIÑEZ SOJO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.115.994, por la presunta comisión del Delito Militar de DESERCION, previsto y sancionado en el artículo 523, en concordancia con el artículo 527 ordinal 1º y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. A tales efectos, líbrese Orden de Aprehensión al Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas y una vez que se practique su aprehensión, éste deberá ser presentado ante este Tribu.....