IV
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DEMEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: JOHAN MANUEL GONZALEZ NARVAEZ y REINA LUCIA GARCIA RAUSSEO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V.-18.515.405 y V.- 20.136.277 respectivamente y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído veintisiete (27) de abril del año dos mil siete (2007) por ante el Juzgado Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bol.....