Por los argumentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se declara CON LUGAR la demanda de desalojo propuesta por la parte demandante.
SEGUNDO: se condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte actora del inmueble local comercial ubicado en la calle Vidal, sin número, Parroquia Catedral de Ciudad Bolívar con una superficie aproximada de CATORCE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (14,25m2), con los siguientes linderos: NORTE: calle Vidal, antiguo paseo Casacoima, SUR: solar que es o fue de BLANCA SANTANA DE RANGEL, ESTE: casa y solar que son o fueron de LUSIA RANGEL DE SANTANA y OESTE: casa y solar que son o fueron de JOSE IGNACIO VON BUREN.
TERCERO: se condena a la parte demandada e.....