Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la aclaratoria de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 09 de noviembre de 2017, la cual fue solicitada por el abogado JESÙS R. DURAN ALFARO, inscrito en el I. P. S. A. bajo el N° 113.800, apoderado judicial del ciudadano DOMINGO ARTURO GORI ALVARADO, identificado en autos; en consecuencia, téngase la presente aclaratoria, como parte integrante de la precitada sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, debiendo asentarse como:
En relación al nombre de la ciudadana THAIRY NAZARET MÉRIDA RÀNGEL, parte demandada, los cuales se encuentran erróneamente mal tipiados en los folios (85, 86, 90, 91, 92, 93, 94 y 96), siendo lo correcto TAHIRY NAZARET MÈRIDA .....