DISPOSITIVA:
Por lo antes expuesto, este Tribunal ACUERDA otorgarle al imputados NIÑO MENDOZA ERNESTO JOSÉ, C.I. N° 11.262.897, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, conforme al Artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es el ARRESTO DOMICILIARIO quien deberá cumplir en la dirección aportad a este Tribunal. Motivada dicha decisión a lo establecido en el Artículo 83 de Nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde señala que es obligación del Estado garantizar el derecho a la salud, como parte del derecho a la vida y así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.