DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por abogada NEILA ESTHER BERBECI, en su carácter de Defensora Privada del TCNEL. IRANY JOSÉ SOTILLO PENOTT, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha 02 de septiembre de 2014, mediante el cual decretó la privación judicial preventiva de libertad al imputado de autos, por la presunta comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520; NEGLIGENCIA, previsto y sancionado en el artículo 538 y FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD, previsto y sancionado en el artículo 567, en concordada relación con los artículos 389 numeral 1 y 390 numeral 1, todos del Código Orgánico de Justicia Militar.