Con fuerza en las argumentaciones antes señaladas, este Tribunal Militar Sexto de Control del Circuito Judicial Penal Militar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 437 y 438 del Código Orgánico de Justicia Militar en concordada relación con los artículos 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente Causa por Extinción de la Acción Penal por Prescripción, seguida al ciudadano BLADIMIR ENRIQUE MORALES MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad No. 13.183.887, quien se encontraba incurso en la comisión del delito militar de Uso Indebido de Uniformes e Insignias Militares, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar.