Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: Infante de Marina ELIS ISAIAS COVA RONDON, Venezolano, de 19 de edad, para el momento de los hechos, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-24.840.844, de la acusación que le fue formulada por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el Artículo 501, Ordinal 2º del Código Orgánico de Justicia Militar y el delito militar de INSUBORDINACION, previsto y sancionado en el artículo 512, Ordinal 2º, concatenado con el artículo 514, 515, Ordinal 2º y lo CONDENA por encontrarlo autor responsable en la comisión de los delitos de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527, Ordinal 2º y 528 y LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576, Numeral 1º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES DE PRI.....