Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Con Lugar el Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva, ejercido por la Abogada Fátima Urdaneta Paiva, Fiscal 3° del Ministerio Público con sede en Puerto Ordaz, actuante en el proceso penal seguídole a la ciudadana encausada María Elena Sánchez Maica, por la comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal. En consecuencia, se Anula conforme a los artículos 26 y 257 Constitucionales, y 51 y 190 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, el fallo que emitiera el Tribunal 2º de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 21-04-2010; y mediante el cual declara el Sobreseimiento de la Causa por .....