En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: En virtud de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 01/08/2024, en la cual declinó la competencia al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, este Superior se declara competente para conocer la presente Acción Amparo.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional contra la actuaciones emitidas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, incoado por el ciudadano AMADEO JAVIER MIR GASTON ya identificado y debidamente asistidos por las abogados ADRIAN ME.....