DISPOSITIVA
Una vez verificada el cumplimiento de la medida impuesta por este Tribunal Militar Octavo de Control, se deja constancia de este acto, que la misma fueron cumplida a cabalidad, según se evidencia en el informe y debidamente sustentado con reseñas fotográficas presentado por la Defensa Militar Pública de Puerto Ayacucho Estado Apure, constatándose que el SOLDADO ESTEBAN FABRICIO ABANO ABANO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.698.491, cumplió con el régimen de las medidas impuestas; por los hechos narrados y subsumiéndolos en el derecho, este ente Jurisdiccional Militar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento, de acuerdo con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, de la Causa presente aperturada, contra el Ciudadano ut supra, por la presunta comisión de uno de los delitos tipificados en el Código Orgánico de Justicia Militar, Título III, Capítulo V re.....