DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: SE CALIFICAN COMO FLAGRANTES los hechos investigados por la Fiscalía Militar de Mérida, que dieron origen a la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; y SE ORDENA el trámite de la presente causa por el procedimiento ordinario, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud fiscal de privación judicial preventiva de libertad de los imputados CABO SEGUNDO LUÍS MIGUEL PALACIOS CARDONA, CABO SEGUNDO MIGUEL ANTONIO ROA MORENO y DISTINGUIDO JUNIOR EDUARDO SUÁREZ MALDONADO, titulares de las cédulas de identidad N° 19.541.792, 19.235.425, y 21.220.593, respectivamente, plazas del 203 Grupo de Artillería de.....