Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación formulado en fecha 22-09-04, por la abogada Yedaly Aranguren en contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 17-09-04, en el juicio por Querella Interdictal de Restitución por Despojo, incoado por el ciudadano Jaime Pastor Mendoza contra, la ciudadana Aura Josefina Duim. Se repone la causa al estado en que se encontraba para el 17 de septiembre de 2004. Queda así ANULADO el auto dictado en fecha 17 de septiembre de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Se ordenó NOTIFICAR al querellante la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.