DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la OPOSICIÓN formulada por el abogado JESÚS ALBERTO ALVARADO PÉREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 148.887, actuando en su condición de Sindico Procurador del Municipio Palavecino del Estado Lara, parte querellada en el presente asunto, a la medida cautelar de suspensión de efectos decretada por este Juzgado en fecha 22 de marzo de 2023.
SEGUNDO: Se RATIFICA en todas y cada una de sus partes la medida cautelar de suspensión de efectos decretada por este Juzgado en fecha 22 de marzo de 2023 en todos y cada uno de sus términos.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
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