PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano Ex Sargento Primero GUERRERO FLORES LUIS RAMON, titular de la cédula de identidad Nº V-17.057.866, plaza del 212 Batallón de Infantería "Carabobo", por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en los Artículos 523, 527 Ordinal 1º y sancionado en el Artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 09 de marzo del 2016, en contra del Ciudadano Ex Sargento Primero GUERRERO FLORES LUIS RAMON, titular de la cédula de identidad Nº V-17.057.866, plaza del 212 Batallón de Infantería "Carabobo"