este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA ANUAL, en la presente causa de DIVORCIO CONTENCIOSO, intentada por la ciudadana RUSMARY MARIN ESCALONA PEREZ. Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 19.686.990, debidamente asistida en este acto por la abogada DIGNA ARRIEECHE MOGOLLON, Inpreabogado No.8.203, Se ordena el archivo del expediente, remítase oportunamente al archivo Judicial.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas. Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada del presente fallo.