En fecha 15/06/2010, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la defensa de falta de cualidad alegada por la representación judicial de la empresa FELGUERA PARQUES Y MINAS S.A. así se decide.-
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por cobro de acreencias laborales, intentara la parte actora LAUDY ELENA CHAVEZ MARTINEZ, en contra la empresa ADECCO SERVICIOS DE PERSONAL, C.A., y en consecuencia se ordena el pago de la cantidad de QUININTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.F. 549,00).-