PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por la Fiscalía Militar Décimo Cuarto con Competencia Nacionalde otorgar de una medida cautelar sustitutiva de las señaladas en el artículos 242 del Código Orgánico Procesal Penal al Alistado Cardozo López Jhon Ernesto, titular de la cedula de identidad No. 25.275.234 y Alistado Chipiaje Chipiaje Luis Alfredo, titular de la cedula de identidad No. 24.677.223, imponiéndolesla medida cautelar sustitutiva contemplada en el numeral 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; de DETENCIÓN EN LA UNIDAD BAJO LA VIGILANCIA DE SU COMANDO NATURAL.SEGUNDO:Regístrese y Publíquese la presente decisión, expídase la correspondiente copia certificada, notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente. HAGASE COMO SE ORDENA.-