Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Quinto de Control, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad Judicial, DECIDE: PRIMERO: De conformidad con el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se Admite la Acusación presentada en contra del ciudadano MANUEL FERNANDO ORTIZ SOAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.597.096, por la Fiscalía Militar Décimo Segunda por los Delitos Militares de ABUSO DE AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1, y LESIONES ENTRE MILITARES previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 3, todos del Código Orgánico de Justicia Militar y de conformidad con el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, se admiten en su totalidad los elementos de prueba ofrecidos, y se declaran legales, lícitos, pertinentes y necesarios. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 313 numeral 8 y artículo 43 y siguientes del Código Orgánico Procesal .....