Con mérito en los argumentos anteriores, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar (sede Ciudad Bolívar), en ejercicio de la potestad de administrar justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO. SE HOMOLOGA el convenio transaccional que suscribieron los abogados LUÍS OSWALDO HERNÁNDEZ SANGUINO (actuando como apoderado judicial del accionante) y SAÚL ANTONIO ANDRADE MANTILLA (procediendo como apoderado judicial de la empresa demandada), ambos con facultad expresa para transigir. En consecuencia, le da efecto de cosa juzgada con fuerza de ley entre las partes.
SEGUNDO. SE DA POR CONCLUIDO este asunto y se ordena su archivo definitivo.
Devuélvase el expediente al juzgado de origen para el trámite de su archivo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.